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Los 10 mandamientos del abogado

el 15 enero 2010

Eduardo J. Couture.

1°.—ESTUDIA.—El derecho se trasforma constantemente. Si no sigues sus pasos, serás cada día un poco menos abogado.

2°.—PIENSA.—El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.

3°.—TRABAJA.—La abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la justicia.

4°.—LUCHA.—Tu deber es luchar por el derecho; pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia.

5°.—SE LEAL.—Leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con e! juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú le dices; y que, en cuanto al derecho, alguna que otra vez, debe confiar en el que tú le invocas.

6°.—TOLERA.—Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.

7°.—TEN PACIENCIA.—El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.

8°.—TEN FE.—Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destine normal del derecho; en la paz, como sustitutivo bondadoso de la justicia; y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay derecho ni justicia ni paz.

9°.—OLVIDA.—La abogacía es una lucha de pasiones. Si ida batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un en que la vida será imposible para ti. Concluido el combate, vida tan pronto tu victoria como tu derrota.

10°.—AMA A TU PROFESION.—Trata de considerar la abogacía de tal manera que el día en que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proponerle que se haga abogado.

INTRODUCCION

Es probable que no haya rincón del mundo donde algún abogado no tenga en su despacho uno de esos recuadros que, desde el de San Ivo, del siglo XIII, hasta el de Ossorio, del siglo XX, se vienen redactando para expresar la dignidad de la abogacía. Son esos textos, decálogos del deber, de la cortesía o de la alcurnia de la profesión. Aspiran a decir en pocas palabras la jerarquía del ministerio del abogado. Ordenan y confortan al mismo tiempo; mantienen alerta la conciencia del deber; procuran ajustar la condición humana del abogado, dentro de la misión casi divina de la defensa. Pero la abogacía y las formas de su ejercicio son experiencias históricas. Sus necesidades, aun sus ideales, cambian en la medida en que pasa el tiempo y nuevos requerimientos se van haciendo sucesivamente presentes ante el espíritu del hombre. De tanto en tanto es menester, pues, reconsiderar los mandamientos para ajustarlos a cada nueva realidad. Hoy y aquí, en este tiempo y en este lugar del mundo, las exigencias de la libertad humana y los requerimientos de la justicia social, constituyen las notas dominantes de la abogacía, sin las cuales el sentido docente de esta profesión puede considerarse frustrado. Pero a su vez, la libertad y la justicia pertenecen a un orden general, dentro del cual interfieren, chocan y luchan otros valores.

La abogacía es, por eso, al mismo tiempo, arte y política, ética y acción. Como arte, tiene sus reglas; pero éstas, al igual que todas las reglas del arte, no son absolutas, sino que quedan libradas a la inagotable aptitud creadora del hombre. El abogado está hecho para el derecho y no el derecho para el abogado. El arte ¿el manejo de las leyes está sustentado, antes que nada, en la exquisita dignidad de la materia confiada a las manos del artista.

Como política, la abogacía es la disciplina de la libertad dentro del orden. Los conflictos entre lo real y lo ideal, entre la libertad y la autoridad, entre el individuo y el poder, constituyen el tema de cada día. En medio de esos conflictos, cada vez más dramáticos, el abogado no es una hoja en la tempestad. Por el contrario, desde la autoridad que crea el derecho o desde la defensa que pugna por su justa aplicación, el abogado es quien desata muchas veces ráfagas de la tempestad y puede contenerlas.

Como ética, la abogacía es un constante ejercicio de la virtud. La tentación pasa siete veces cada día por delante del abogado. Este puede hacer de su cometido, se ha dicho, la más noble de todas las profesiones o el más vil de todos los oficios.

Como acción, la abogacía es un constante servicio a los valores superiores que rigen la conducta humana. La profesión demanda, en todo caso, el sereno sosiego de la experiencia y del adoctrinamiento en la justicia; pero cuando la anarquía, el despotismo o el menosprecio a la condición del hombre sacuden las instituciones y hacen temblar los
derechos individuales, entonces la abogacía es militancia en la lucha por la libertad.

Arte, política, ética y acción son, a su vez, sólo los contenidos de la abogacía. Esta se halla, además, dotada de una forma. Como todo arte, tiene un estilo. El estilo de la abogacía no es la unidad, sino la diversidad. Busquemos en la experiencia de nuestro tiempo al bonus vir ius dicendi peritus, al abogado cuya actividad pueda simbolizar a todo el gremio, y es muy probable que no lo hallemos a nuestro lado. Este es político y ejerce su abogacía desde la tribuna parlamentaria, defendiendo, como decía Dupin, apenas una causa más: la bella causa del país. Aquél la desempeña desde una pacífica posición administrativa, poniendo sólo una gota de su ciencia al servicio de determinada función pública. Aquél otro la honra como juez, en la más excelsa de las misiones humanas. Aquél la sirve desde los directorios de las grandes empresas, manejando enormes patrimonios y defendiendo los esperados dividendos. El otro se ha situado en la Facultad de Derecho y desde allí, silenciosamente, va meditando su ciencia, haciéndola progresar y preparando el vivero para la producción de los mejores ejemplares. Aquél la sirve desde el periodismo y hace abogacía de doctrina desde las columnas editoriales, alcanzando el derecho, como el pan de cada día, a la boca del pueblo. El de más allá es, únicamente, abogado de clientela comercial y sólo se ocupa de combinaciones financieras. Aquél ve cómo la atención de sus intereses particulares, sus negocios, su estancia, sus inmuebles, le demandan más atención que los intereses de sus clientes. Aquél otro, que ha conciliado la misión del abogado con la del escribano, ve cómo en la paciencia del notario se ha ido devorando los ardores del abogado. Y aquél que ejerce solamente la materia penal, en contacto con sórdidos intermediarios, especulando con la libertad humana para poder percibir su mendrugo, pues sabe que lograda la libertad se ha despedido para siempre la recompensa; y el que ejerce en las ciudades del interior y recibe a sus clientes antes de que salga el sol; y el que saca aún la cuenta de sus primeros asuntos; y el que poco a poco ha ido abandonando sus clientes para reservar su fidelidad a unos pocos amigos; y el que ya no tiene procurador, ni mecanógrafo, y sube afanosamente las escaleras de las oficinas en pos del papel que su menudo asunto requiere; y el magistrado jubilado que vuelve melancólicamente a suplicar la justicia desde el valle luego de haberla dispensado desde la cumbre; y el que ejerce a la norteamericana, medio abogado y medio detective; y la joven abogada que defiende los procesos de menores con el ansia encendida de la madre que un día habrá de ser; y el profesor de enseñanza secundaria que corre a escuchar un testigo luego de haber disertado sobre la despedida de Héctor y Andrómaca; y tantos, y tantos, y tantos otros.. .

Si el precepto no perteneciera ya a la medicina, podría decirse que no existe la abogacía; que sólo existe una multitud de abogados. Poco conocido o muy olvidado entre nosotros, un texto de León y Antemio a Calícrates (Código, 2,7, 14) nos dice de qué manera, ayer como hoy, es la nuestra una magistratura de la República:

«Los abogados, que aclaran los hechos ambiguos de las causas, y que por los esfuerzos de su defensa en asuntos frecuentemente públicos y en los privados, levantan las causas caídas y reparan las quebrantadas, son provechosos al género humano, no menos que si en batallas y recibiendo heridas salvasen a su patria y a sus descendientes. Pues no creemos que en nuestro imperio militen únicamente los que combaten con espadas, escudos y corazas, sino también los abogados; porque militan los patronos de causas, que confiados en la fuerza de su gloriosa palabra defienden la esperanza, la vida y la descendencia de los que sufren». Así sucede todavía hoy.

Los 10 mandamientos del abogado

1° — ESTUDIA:

El derecho se trasforma constantemente. Si no sigues sus pasos,
serás cada día un poco menos abogado.
Nuestro país, que es joven y de organización unitaria, tiene diez
códigos y once mil leyes, con varios cientos de miles de artículos. A
ellos se suman los reglamentos, las ordenanzas, las resoluciones de
carácter general y la jurisprudencia, que son otras tantas formas de
normatividad. Esas disposiciones, reunidas, se cuentan por millones.
Pero el Uruguay es sólo una provincia, una de las más pequeñas
provincias, en la inmensa jurisdicción del mundo. Y, además, el derecho
legislado no es todo el derecho.
Aquella escritora que un día, queriendo apresar la atmósfera de Giotto,
la tituló La cárcel de aire, estaba lejos de saber que con esa imagen
evocaba de sutil manera la envoltura aérea, tupida e invisible del
derecho.
¿Qué abogado puede abrigar la seguridad de conocer todas las
disposiciones? ¿Quién puede estar cierto de que, al emitir una opinión,
ha tenido en cuenta, en su sentido plenario y total, ese imponente
aparato de normas?
Además, por si su cantidad fuera poca, ocurre que esas normas nacen,
cambian y mueren constantemente. En ciertos momentos históricos,
las opiniones jurídicas no sólo debían emitirse con su fecha, sino
también con la hora de su expedición. El abogado, como un cazador de
leyes, debe vivir con el arma al brazo, sin poder abandonar un instante
el estado de acecho. En su caso más difícil y delicado, en aquel en que
ha abrumado a su adversario bajo el peso de su aplastante erudición,
de doctrina y de jurisprudencia, su contrincante se limitará a citarle un
articulo de una ley olvidada o escondida. Y entonces, una vez más,
como en el apostrofe de Kirschmann, una palabra del legislador reducirá
a polvo una biblioteca.
Es tal el riesgo de situar un caso en su exacta posición en el sistema del derecho, y tantas son las posibilidades de error, que uno de
nuestros más agudos magistrados decía que los abogados, como los
héroes de la independencia, frecuentemente perecen en la demanda.
Como todas las artes, la abogacía sólo se aprende con sacrificio; y
como en ellas, también se vivé en perpetuo aprendizaje. El artista,
mínimo corpúsculo encerrado en la inmensa cárcel de aire, vive
escudriñando sin cesar sus propias rejas y su estudio sólo concluye
con su misma vida.

2°— PIENSA:

El derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.
El proceso escrito es un libro cuyas principales páginas han sido
pensadas y redactadas cuidadosamente por los abogados. Estos, como
los ensayistas, los historiadores o los filósofos, son los mediadores
necesarios entre la vida y el libro.
Otro tanto ocurre, todavía con mayor acento de espectáculo escénico,
en el proceso oral.
El abogado recibe la confidencia profesional como un caso de angustia
humana y lo trasforma en una exposición tan lúcida como su
pensamiento se lo permite. La idea de Sperl de que la demanda es el
proyecto de sentencia que quisiera el actor, nos dice con gravedad
elocuente qué intensos procesos de la inteligencia deben
desenvolverse para trasformar la angustia en lógica y la pasión de los
intereses en un sencillo esquema mental.
Cuando el abogado ha cumplido a conciencia su trabajo, el juez recibe
el caso, por decirlo así, peptonizado. Normalmente, su tarea consiste
en escoger una de las dos soluciones que se le proponen, o hallar una
tercera con lo mejor de ambas. El abogado trasforma la vida en lógica
y el juez trasforma la lógica en justicia.
Por eso, el día de gloria para el abogado, no es el día en que se le notifica la sentencia definitiva que le da la victoria. Al fin y al cabo,
ese día no ha ocurrido nada importante para él. Solamente se ha
cumplido su pronóstico. Su gran día, el de la grave responsabilidad, fue
aquel día lejano y muchas veces olvidado, en que luego de escuchar
un relato humano, decidió aceptar el caso. Ese día tenía libertad para
decir que sí o decir que no. Dijo que sí, y desde entonces la suerte
quedó sellada para él.
Lo grave en el pensamiento del abogado es que en esa obra de tras
formación del drama humano en libro o en escena, tanto como la
inteligencia, juegan la intuición y la experiencia. No es un
razonamiento, dice el filósofo, lo que determina al escultor a ahondar
un poco más la curva de la cadera. Entre sus ojos, fijos en el modelo,
y sus dedos que acarician la estatua, se establece una comunicación
directa. El pensar del abogado, no es pensamiento puro, ya que el
derecho no es lógica pura: su pensar es, al mismo tiempo, inteligencia,
intuición, sensibilidad y acción. La lógica del derecho no es una lógica
formal, sino una lógica viva hecha con todas las sustancias de la
experiencia humana.
Algún juez, en un arrebato de sinceridad, ha dicho que la jurisprudencia
la hacen los abogados. Esto es así, porque en la formación de la
jurisprudencia, y con ella del derecho, el pensamiento del juez es
normalmente un posterius; el príus corresponde al pensamiento del
abogado.

3°— TRABAJA:

La abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la justicia.
A quien quiera saber en qué consiste el trabajo del abogado, habrá de
explicársele lo siguiente:
De cada cien asuntos que pasan por el despacho de un abogado,
cincuenta no son judiciales. Se trata de dar consejos, orientaciones e
ideas en materia de negocios, asuntos de familia, prevención de
conflictos futuros, etc. En todos estos casos, la ciencia cede su paso a la prudencia. De los dos extremos del dístico clásico que define al
abogado, el primero predomina sobre el segundo y el hombre bueno
se sobrepone al sabedor del derecho
De los otros cincuenta, treinta son de rutina. Se trata de gestiones,
tramitaciones, obtención de documentos, asuntos de jurisdicción
voluntaria, defensas sin dificultad o juicios sin oposición de partes. El
trabajo del abogado trasforma aquí su estudio en una oficina de
tramitaciones. Su lema podría ser como el de las compañías
norteamericanas que producen artículos de confort, more and betíer
service for more people.
De los veinte restantes, quince tienen alguna dificultad y demandan un
trabajo intenso. Pero se trata de esa clase de dificultades que la vida
nos presenta a cada paso y que la contracción y el empeño de un
hombre laborioso e inteligente están . acostumbrados a sobrellevar.
En los cinco restantes, se halla la esencia misma de la abogacia. Se
trata de los grandes casos de la profesión. No grandes, ciertamente,
por su contenido económico, sino por la magnitud del esfuerzo físico e
intelectual que demanda el superarlos. Casos aparentemente perdidos,
por entre cuyas fisuras se filtra un hilo de luz a través del cual el
abogado abre su brecha; situaciones graves, que deben sostenerse
por meses o por años, y que demandan un sistema nervioso a toda
prueba, sagacidad, aplomo, energía, visión lejana, autoridad moral, fe
absoluta en el triunfo.
La maestría de estos magnos asuntos, otorga el título de princeps
fori.
La opinión pública juzga el trabajo del abogado y su dedicación a él,
con el mismo criterio con que otorga el título a los campeones
olímpicos: por la reserva de energías para decidir la lucha en el empuje
final.

4° — LUCHA:

Tu deber es luchar por el derecho; pero el día que encuentres en
conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia.
No sólo en los viejos textos se atribuye a la abogacía una significación
guerrera. El proceso oral o escrito son su batalla dialéctica; las ideas
de los escritores franceses del siglo XIX que concebían la acción civil
como le droit casqué et armé en guerre y la excepción corno un
droit qui n’a plus l’épée, mais le bouclier lui reste; el carácter
naturalmente belicoso de buena parte de la humanidad; el
endiosamiento de la lucha por el derecho que se hace en el libro
fascinante de Ihering; todo esto y mucho más, ha hecho que a lo largo
de los siglos al abogado se lo conciba como un soldado del derecho.
Pero la lucha por el derecho plantea, cada día, el problema del fin y de
los medios.
El derecho no es un fin, sino un medio. En la escala de los valores, no
aparece el derecho. Aparece, en cambio, la justicia, que es un fin en sí
y respecto de la cual el derecho es tan sólo un medio de acceso. La
lucha debe ser, pues, la lucha por la justicia.
Los asuntos no se dividen en chicos o grandes, sino en justos o
injustos. Ningún abogado es tan rico como para rechazar asuntos
justos porque sean chicos, ni tan pobre como para aceptar asuntos
injustos porque sean grandes.
Por la grave confusión entre el fin y los medios, muchos abogados, aun
de buena fe, creen aplicable al litigio perdido, la máxima médica que
aconseja prolongar a toda costa la vida del enfermo en espera de que
se produzca el milagro.
Los incidentes, las dilatorias, las apelaciones inmotivadas, constituyen
una confusión de valores. Podrán todos esos ardides forenses ser
eficaces en alguna que otra oportunidad; pero son justos muy pocas
veces. Podrán, en ciertos casos, significar una victoria ocasional; pero
en la lucha lo que cuenta es ganar la guerra y no ganar batallas. Y si
en determinado caso, algún abogado ha ganado la guerra con el ardid,
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que no pierda de vista que en la vida de un abogado la guerra es su
vida misma y no sus efímeras victorias.
La confusión del fin y los medios podrá pasar inadvertida en algún caso
profesional. Pero a lo largo de la vida entera de un abogado no puede
pasar inadvertida.
Día de prueba para el abogado es aquel en que se le propone un caso
injusto, económicamente cuantioso, pero cuya sola promoción alarmará
al demandado y deparará una inmediata y lucrativa transacción. Ningún
abogado es plenamente tal, sino cuando sabe rechazar, sin
aparatosidad y sin alardes, ese caso.
Y más grave aún es la situación que nos depara nuestro mejor cliente,
aquel rico y ambicioso cuya amistad es para nosotros fuente segura de
provechos, cuando nos propone un caso en que no tiene razón. El
abogado necesita, frente a esa situación, su absoluta independencia
moral. Bien puede asegurarse que su verdadera jerarquía de abogado
no la adquiere en la Facultad o el día del juramento profesional; su
calidad auténtica de abogado la adquiere el día en que le pueda decir a
ese cliente, con la dignidad de su investidura y con la sencillez
afectuosa de su amistad, que su causa es indefendible.
Hasta ese día, es sólo un aprendiz; y si ese día no llega, será como el
aprendiz de la balada inmortal, que sabía desatar las olas, pero no
sabía contenerlas.

5°— SE LEAL:

Sé leal para con tu cliente, al que no debes abandonar hasta que
comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario,
aun cuando él sea desleal contigo. Leal para con el juez, que
ignora los hechos y debe confiar en lo que tú le dices; y que, en
cuanto al derecho, alguna que otra vez, debe confiar en el que tú
le invocas.
El punto relativo a la lealtad del abogado reclama rectificar un grave y difundido error. Desde hace siglos se viene con fundiendo en una
misma función la abogacía y la defensa.
Unamuno, en El sentimiento trágico de la vida, escribía estas
palabras: «Lo propio y característico de la abogacía es poner la lógica
al servicio de una tesis que hay que defender, mientras que el método
rigurosamente científico parte de los hechos, de los datos que la
realidad nos ofrece, para llegar o no a la conclusión. La abogacía
supone siempre una petición de principio y sus argumentos son todos
ad probandum. El espíritu abogadesco es, en principio, dogmático,
mientras que el espíritu estrictamente científico es puramente racional,
es escéptico, esto es, investigativo».
De esta proposición a la de Vaz Ferreira, cuando afirma en Moral para
intelectuales, que la profesión de abogado es intrínsecamente
inmoral, por cuanto impone la defensa de tesis no totalmente ciertas o
de hechos no totalmente conocidos, no hay más que un paso.
El error es grave, porque la abogacía no es dogmática. La abogacía es
un arte; y el arte no tiene dogmas.
La abogacía es escéptica e investigativa. El abogado al dar el consejo,
ai orientar la conducta ajena, al asumir la defensa, comienza por
investigar los hechos y por decidir libremente su propia conducta. La
abogacía moderna, como la medicina, se va haciendo cada día más
preventiva que curativa; y en esa función el abogado no procede
dogmáticamente, sino, por el contrario, críticamente. El abogado como
consejero, no da argumentos ad probandum sino ad necesitatem; y
éstos no son sistemáticos ni corroborantes, sino que se apoyan sobre
los datos que, necesariamente, suministra la realidad.
Lo que sucede es que el abogado, una vez investigados los hechos y
estudiado el derecho, acepta la causa y entonces se trasforma de
abogado en defensor.
Entonces sí, sus argumentos son ad probandum y su posición es
terminante y se hace enérgico e intransigente en sus actitudes. Pero esto no ocurre por inmoralidad, sino por necesidad de la defensa.
Antes de la aceptación de la causa, el abogado tiene libertad para
decidir. Dice que sí y entonces su ley ya no es más la de la libertad,
sino la de la lealtad.
Si el defensor fuera vacilante y escéptico después de haber aceptado
la defensa, ya no sería defensor. La lucha judicial es lucha de
aserciones y no de vacilaciones. La duda es para antes y no para
después de haber aceptado la causa.
La lealtad del defensor con su cliente se hace presente en todos los
instantes y no tiene más límite que aquel que depara la convicción de
haberse equivocado al aceptar. Entonces se renuncia la causa, con la
máxima discreción posible, para no cerrar el paso al abogado que debe
reemplazarnos.
El día máximo de esa lealtad es el día de ajustar los honorarios; ya que
lo grave de la defensa es que, instantáneamente, de un día para otro,
la fuerza de las cosas trasforma al defensor en acreedor. Y ese día no
es posible lanzar al suelo el escudo para que el cliente lo tome en
resguardo de su nuevo enemigo. Sobre este punto, los Mandamientos
no tienen enunciaciones. Pertenece al fuero de la conciencia. Ya lo
decía Montaigne: la perfecta amistad es indivisible.
En cuanto a la lealtad para con el adversario, cabe en esta simple
reflexión: si a las astucias del contrario y a sus deslealtades
correspondiéramos con otras astucias y deslealtades, el juicio ya no
sería la lucha de un hombre honrado contra un pillo, sino la lucha de
dos pillos.
¿Y en cuanto a la lealtad frente al juez? También aquí es necesario
rectificar.
Ossorio, en su libro famoso, hace una distinción en punto a los deberes
del abogado para con el juez. Respecto de los hechos, considera él
que el juez está indefenso frente al abogado. Como los ignora,
forzosamente debe creer de buena fe en lo que el abogado le dice.
Pero en cuanto al derecho, no ocurre lo mismo. Allí actúan en pie de
igualdad, porque el juez sabe el derecho; y si no lo sabe, que lo
estudie.
¿Será así? Es muy probable que no. El abogado dispone, para estudiar
el derecho aplicable a un caso, de todo el tiempo que desea. Pero el
juez, víctima de una tela de Penélope que él teje de noche y su
secretario desteje de día, suministrándole sin cesar asuntos y más
asuntos, no dispone de ese tiempo. Y lo mismo ocurre con el juez
honradamente pobre, que no puede comprar todos los libros que se
publican; o con el que ejerce lejos de las grandes ciudades donde se
hallan las buenas bibliotecas; o con el que no puede tener contacto
con profesores y maestros para plantearles sus dudas; o con el que,
carente de salud, no puede afanarse en la lectura todo lo que su
pasión le demanda. En esos casos una cita deliberadamente trunca,
una opinión falseada, una traducción maliciosamente hecha, o un
precedente de jurisprudencia imposible de fiscalizar, constituyen
gravísima culpa.
Una rara filiación etimológica liga ley y lealtad. Lo que Quevedo decía
del español, que sin lealtad más vale no serlo, es aplicable al abogado.
Abogado que traiciona a la lealtad, se traiciona a sí mismo y a su ley.

6° — TOLERA:

Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que
sea tolerada la tuya.
Este punto es profundo y delicado. Ser a un mismo tiempo enérgico,
como lo requiere la defensa, y cortés como lo exige la educación;
práctico, como lo pide el litigio, y sutil como lo demanda la inteligencia;
eficaz y respetuoso; combativo y digno; ser todo esto tan opuesto y a
veces tan contradictorio, a un mismo tiempo, y todos los días del año,
en todos los momentos, en la adversidad y en la buena fortuna,
constituye realmente un prodigio.
Y sin embargo, la abogacía lo demanda. ;Ay de aquél que la ejerce con energía y sin educación, o con cortesía y sin eficacia’
Para conciliar lo contradictorio no hay más que un medio: la tolerancia.
Esta es educación e inteligencia, arma de lucha y escudo de defensa,
ley de combate y regla de equidad.
Aunque parezca un milagro, lo cierto es que en el litigio nadie tiene
razón hasta la cosa juzgada. No hay litigios ganados de antemano, por
la sencilla razón por la cual Goliat incurrió en soberbia al considerarse
vencedor anticipado en la histórica lucha.
El litigio está hecho de verdades contingentes y no absolutas. Los
hechos más claros se deforman si no se logra producir una prueba
plenamente eficaz; el derecho más incontrovertible tambalea en el
curso del litigio, si un inesperado e imprevisible cambio de
jurisprudencia altera la solución.
Por eso, la mejor regla profesional no es aquélla que anticipa la victoria
sino la que anuncia al cliente que probablemente podrá contarse con
ella. Ni más ni menos que esto era lo que establecía el Fuero Juzgo
cuando condenaba con la pena de muerte al abogado que se
comprometía a triunfar en litigio; o la Partida III, que imponía los daños
y perjuicios al abogado que aseguraba la victoria.
Las verdades jurídicas, como si fueran de arena, difícilmente caben
todas en una mano; siempre hay algunos granos que, querámoslo o no,
se escurren de entre nuestros dedos y van a parar a manos de nuestro
adversario. La tolerancia nos insta, por respeto al prójimo y por
respeto a nuestra propia debilidad, a proceder con fe en la victoria,
pero sin desdén jactancioso en el combate.
¿Y si el cliente nos exige seguridad de victoria?
Entonces acudamos a nuestra biblioteca y extraigamos de ella una
breve página que se denomina Decálogo del cliente y que es común en
los estudios de los abogados brasileños, y leámosle: «No pidas a tu
abogado que haga profecía de la sentencia; no olvides que si fuera profeta, no abriría escritorio de abogado».

7° — TEN PACIENCIA:

El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su
colaboración.
Existe un pequeño demonio que ronda y acecha en torno de los
abogados y que cada día pone en peligro su misión: la impaciencia.
La abogacía requiere muchas virtudes; pero además, como las hadas
que rodearon la cuna del príncipe de Francia, tales virtudes deben
estar asistidas por otra que las habitúe a ponerse pacientemente en
juego.
Paciencia, para escuchar. Cada cliente cree que su asunto es el más
importante del mundo.
Paciencia, para hallar 1 aoslución. Esta no siempre aparece a primera
vista y es menester andar detrás de ella durante largo tiempo.
Paciencia, para soportar al adversario. Ya hemos visto que le debemos
lealtad y tolerancia, hasta cuando sea un majadero.
Paciencia, para esperar la sentencia. Esta demora, y mientras el
cliente se desalienta y desmoraliza, incumbe al abogado contener su
desfallecimiento. En esta misión, debe tener presente que el litigio,
como la guerra, lo gana en ciertos casos quien consigue durar tan sólo
un minuto más que su adversario.
Y, sobre todo, paciencia para soportar la sentencia adversa.
La cosa juzgada, dice Chiovenda, es la suma precisión. Agreguemos
nosotros que, por ese motivo, reclama la suma paciencia.

8° — TEN FE:

Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la
convivencia humana; en la justicia, como destino normal del
derecho; en la paz, como sustituto bondadoso de la justicia; y
sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay derecho, ni
justicia, ni paz.
Cada abogado, en su condición de hombre, puede tener la fe que su
conciencia le indique. Pero en su condición de abogado, debe tener fe
en el derecho, porque hasta ahora el hombre no ha encontrado, en su
larga y conmovedora aventura sobre la tierra, ningún instrumento que
le asegure mejor la convivencia. La razón del más fuerte no es
solamente la ley de la brutalidad, sino también la ley de la angustiosa
incertidumbre.
Pero el derecho, como hemos visto, no es un valor en sí mismo, ni la
justicia es su contenido necesario. La prescripción no procura la
justicia, sino el orden; la transacción no asegura la justicia, sino la
paz; la cosa juzgada no es un instrumento de justicia, sino de
autoridad; la pena no es siempre medida de justicia, sino de seguridad.
Pero a pesar de estas temporales desviaciones, la justicia es el
contenido normal del derecho, y sus soluciones, aun las aparentemente
injustas, son frecuentemente más justas que las soluciones contrarias.
La fe en la paz proviene de la convicción de que también la paz es un
valor en el orden humano. Sustitutivo bondadoso de la justicia, invita a
renunciar de tanto en tanto a una parte de los bienes, para asegurarse
aquello que está prometido en la tierra a los hombres de buena
voluntad.
En cuanto a la fe en la libertad, sin la cual no hay derecho, ni justicia,
ni paz… ésa no necesita explicaciones entre los mandamientos del
abogado. Porque si éste no tiene fe en la libertad, más le valiera, como
dice la Escritura, atarse una piedra al cuello y lanzarse al mar.

9° _ OLVIDA:

La abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras cargando tu alma de rencor, llegará un día en que la vida será
imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu
victoria como tu derrota.
En qué círculo del infierno estarán algún día esos abogados que nos
recitan inclementes, a veces tomándonos de la solapa, alzándonos la
voz como si fuéramos el adversario, sus alegatos, sus informes o sus
memoriales?
¿Y qué lugar del purgatorio está reservado a aquellos que a la vejez
siguen contando aún los casos que defendieron en la juventud?
¿Y qué recinto del paraíso aguarda a los directores de las revistas de
jurisprudencia, que se rehusan a publicar las notas críticas de aquellos
que confunden los periódicos jurídicos con una tercera o cuarta
instancia?
Porque la verdad es que existe una insidiosa enfermedad que ataca a
los abogados y que les hace hablar constantemente de sus casos. Aun
de aquellos que, por una u otra razón, nacieron para ser olvidados.
Los pleitos, dice el precepto, se defienden como propios y se pierden
como ajenos. También la abogacía tiene su fair play, el cual consiste
no sólo en el comportamiento leal y correcto en la lucha, sino también
en el acatamiento respetuoso de las deciciones del arbitro.;
El abogado que sigue discutiendo después de la cosa juzgada, en nada
difiere del deportista que, terminado el encuentro, pretende seguir en
el campo de juego tratando de obtener, contra un enemigo inexistente,
una victoria que se le ha escapado de las manos.

10° _ AMA A TU PROFESION:

Traía de considerar la abogacía de tal manera, que el día en que
tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor
para tí proponerle que se haga abogado.
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Sea permitido anotar el último mandamiento con una parábola.
Cuenta Péguy que un día se quedó impresionado viendo a su madre
componer una silla. Era tal la prolijidad, el escrúpulo, la amorosa
atención con que ella cumplía su humilde artesanía, que el hijo le
expresó su admiración. La madre le dijo: el amor por las cosas bien
hechas, debe acompañarnos toda la vida; las partes invisibles de las
cosas, deben repararse con el mismo escrúpulo que las partes visibles;
las catedrales de Francia son las catedrales de Francia porque el amor
con que está hecho el ornamento externo es el mismo amor con que
están hechas las partes ocultas.
Del mismo modo ocurre en todos los actos de la vida, El amor al oficio
lo eleva a la jerarquía de arte. El amor por sí solo transforma el trabajo
en creación; la tenacidad, en heroísmo; la fe, en martirio; la
concupiscencia, en noble pasión; la lucha, en holocausto; la codicia,
en prudencia; la holganza, en éxtasis; la idea, en dogma; la vergüenza,
en sacrificio; la vida, en poesía.
Cuando un abogado ha llegado al punto de aconsejar a su hijo, en el
día tremendo en que debe asistirle en la elección de su destino, que
siga su propia profesión, es porque ha hallado . en ella algo más que un
oficio. Oficio ansiarnos para nosotros mismos; pero para nuestro hijo
Desearnos, de ser posible, la gloria.
La abogacía no es ciertamente un camino glorioso; está hecho, como
todas las cosas humanas, de penas y de exaltaciones, de amarguras y
de esperanzas, de desfallecimientos y de renovadas ilusiones. Pero
gran virtud es entrever algún día en ella ese pequeño hilo de oro de la
gloria que ansiamos para nuestro hijo.
Pongamos ese día la mano sobre su hombro y digámosle: ¡busca por
aquí, hijo mío, el bien y la virtud que ansio para tu vida!; ¡y, sobre
todo, haz por la defensa de tus semejantes, en la causa de la justicia,
todo aquello que yo quise hacer y que la vida no me permitió! Tendrás
con ello un poco de gloria y un mucho de angustia. Pero está en la ley
de la vida que es ésta el precio que se paga por aquélla.
Ya estaba dicho en los versos que el coro dirige a Wilhelm Meister, en
el poema inmortal:
«¡Sé bienvenido, novicio de la juventud!
Sé bienvenido con dolor!»

FINAL

Estos Mandamientos dejan en deliberada imprecisión la línea divisoria de lo real y de lo ideal, de lo que es y de lo que se desea que sea. El abogado está visto, aquí, un poco como lo muestra la vida y otro poco como lo representa la ilusión. En todo caso, aparece tal como quisiera ser el autor, el día en que pudiera superar todas aquellas potencias terrenas que obstan, en la lucha de todos los días, a la adquisición de una forma plenaria de su arte. Pero la imprecisión en la frontera que separa la presencia de la esencia, lo adquirido de lo que aún se desea adquirir, es inherente a toda meta. Meta es, en sus acepciones latina y griega, sucesivamente, el término de una carrera y el más allá. Por tal motivo, nunca sabremos en la vida en qué medida la conquista es un fin o un nuevo comienzo y por virtud de qué profundas razones, en las manifestaciones superiores de la abogacía, no hay más llegada que aquella que deja abiertos indefinidamente ante nosotros los caminos del bien y de la virtud. Es ésa, en definitiva, en su último término, la victoria de lo ideal sobre lo real.

Montevideo (Uruguay), 1949.

Me encantan los negocios y sueño con convertirme en un exitoso empresario. Me gusta compartir con otros emprendedores y trabajar cada día por mis proyectos.

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Comentarios (2)

Muy bueno, lo necesitaba para la clase =)

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exelenteeeeeee………….bastante interesante…..

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