X

Traspaso de farmacias: Novedades legislativas en Italia

Fuente: Gabinete López-Santiago

Italia no liberaliza las farmacias. Al contrario, las medidas del nuevo ejecutivo de Mario Monti han apostado por el modelo mediterráneo de ordenación farmacéutica, en cuanto a titularidad, transmisiones, régimen de distancias, módulo poblacional y prohibiendo la dispensación de medicamentos éticos fuera de la farmacia.Para paliar la tradicional carencia y «bunkerización» de farmacias en el medio urbano, el Ministro de Salud, Renato Balduzzi,  ha firmado la apertura de un nuevo concurso oposición que permitirá reducir el ratio de habitantes por farmacia desde los 3580 actuales a 2770.

Un dato importante:  Italia tiene 15 millones de habitantes más que España, pero cuenta con 5.000 farmacias menos.

Por este Decreto denominado «Fortalecimiento del servicio de distribución farmacéutica, el acceso a la propiedad de las farmacias y regulación de la administración de medicamentos genéricos» se establece:

  • Reducir el ratio de habitantes por farmacia a 2.770. (En España actualmente es de 2.150 hab/farmacia).
  • Permitir la ampliación de horarios.
  • Exigir mayor número de titulados farmacéuticos en boticas de muy elevada facturación.
  • Apoyar financieramente a aquellas farmacias rurales más desprotegidas.

Así, el modelo italiano convergerá aún más con nuestra ordenación farmacéutica, ya que las medidas adoptadas en Italia mantienen el núcleo básico y diferenciador de nuestro modelo de planificación farmacéutica:

1.- Reserva la titularidad de la oficina de farmacia exclusivamente para farmacéuticos.

2.- Mantiene el actual sistema de transmisión de farmacias, mediante compraventa, donación o «mortis-causa»

3.- Evita la integración vertical y la entrada en el sector de grandes corporaciones.

4.- Establece el régimen de distancias como módulo básico de la ordenación farmacéutica.

5.-Regula la apertura de nuevas farmacias mediante concurso oposición, bajo el criterio de mérito, capacidad y experiencia, mediante un procedimiento público y transparente.

6.-Restringe la dispensación de fármacos éticos exclusivamente en farmacias.

7.-Permite los descuentos en las dispensaciones que no precisan receta médica.

8.-Obliga a la Prescripción por Principio Activo (mediante un sistema muy similar a nuestro RDL 9/2011)

9.-Exige la presencia de un farmacéutico en el acto de dispensación.

10.- Potencia los proyectos de Atención Farmacéutica y Trazabilidad.

No obstante, en el contexto económico actual y para limitar las remuneraciones que se consideraban excesivas o «rentas de situación» que venían obteniendo algunas farmacias, se han adoptado algunas medidas para fomentar la competitividad en el sector:

  • Se permite abrir una farmacia en aeropuertos, estaciones de ferrocarril, puertos y en centros comerciales de más de 10.000 metros cuadrados que no cuenten con una farmacia a menos de 150 metros.
  • Se liberaliza la ampliación de horarios de las farmacias.
    • En caso de fallecimiento, la farmacia se ha de traspasar en el breve plazo de seis meses «para acortar el periodo en que una farmacia puede pertenecer a particulares sin los requisitos profesionales».

Asimismo, se evitará que la judicialización del largo laberinto administrativo que ahora comienza aborte la implementación de estas medidas.

Otros aspectos destacables:

  • Los farmacéuticos que ya son titulares de una farmacia no podrán participar en el concurso para optar a una nueva farmacia. En Italia se ha optado por apoyar más a jóvenes y rurales que a instalados o minusválidos.  Por el contrario, se permitirá participar a aquellos titulares de farmacias «subvencionadas» situadas en las zona más remotas y deprimidas de manera preferente en el concurso oposición.
  • Los titulares de farmacias rurales «no subvencionadas» no podrán concursar, limitándose su posibilidad de promoción profesional.
  • Las más de 4.000 parafarmacias italianas que abrieron los farmacéuticos al albur del Decreto Bersani de 2007, (en un formato de establecimiento, similar a una tienda de conveniencia), a las que se les permitía dispensar EFP, verán reducido su nicho de mercado. Ya han salido a la calle a protestar.

Los menos beneficiados con este decreto, serán parafarmacias, y los farmacéuticos rurales con farmacia «no subvencionada»; no podrán concursar y se les limita la posibilidad de promoción profesional. (Un concurso de traslados similar al que existe en nuestras Islas Canarias habría sido muy positivo para facilitar el desarrollo de estos farmacéuticos rurales de pequeñas localidades que carecen de subvención).

Paradógicamente, el Decreto Passera que se ofreció a los farmacéuticos en diciembre del 2011 era menos ambicioso. El sector más inmovilista de la profesión lo rechazó, enrocándose en posiciones numantinas, lo que ha derivado en este decreto más coercitivo.

Este Decreto va a ser impugnado, según ha prometido el presidente del partido liberal PdL «Pueblo de la Libertad», Silvio Berlusconi. Las expectativas que se han creado ahora en Italia me recuerdan las que se vivieron en nuestro país a raíz de la Ley 11/1996 de hace más de 15 años.

Bien podría ser que al final se materializase la frase lapidaria que acuñó el italiano Giuseppe de Lampedusa en su magistral y clásica obra «El gatopardo»: «Si queremos que todo siga como está, es necesario que parezca que todo va a cambiar».

**Decreto en español: «Potenciación del servicio de distribución farmacéutica, acceso a la titularidad de la farmacia y régimen de suministro de fármacos genéricos».

**Decreto en italiano:  «Potenziamento del servizio di distribuzione farmaceutica, accesso alla titolarità delle farmacie e disciplina della somministrazione dei farmaci generici».

Artículos Relacionados