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Cómo cumplir con la Ley de Cookies

el 31 diciembre 2013

Si estás pensando en montar una página web para tu empresa, debes tener en cuenta que en España debes cumplir con la famosa Ley de Cookies si no quieres tener problemas.

Esta ley, que no es tal, sino una modificación del segundo apartado del artículo 22 de la  Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (o LSSI), pretende defender el derecho a la privacidad de los usuarios de Internet impidiendo que las webs que visitan instalen cookies en su navegador sin su consentimiento.

Una cookie no es más que un pequeño archivo de texto en el que se almacena información referente a sesiones con el fin de mejorar la navegación en sesiones futuras. Sin embargo, estos archivos también son utilizados para temas de analítica, programas de afiliados, etc. obteniendo gran cantidad de información del usuario.

Para ello, la ley establece lo siguiente:

Ley de Cookies

2. Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Cuando sea técnicamente posible y eficaz, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de los datos podrá facilitarse mediante el uso de los parámetros adecuados del navegador o de otras aplicaciones, siempre que aquél deba proceder a su configuración durante su instalación o actualización mediante una acción expresa a tal efecto.

Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario.

Por tanto, antes de instalar cualquier tipo de cookie en el navegador del usuario, las webs deben hacer lo siguiente:

  • Pedir el consentimiento expreso del usuario para poder instalar las cookies que utiliza.

  • Informar del tipo de cookies a instalar

  • Informar del uso que se hace de dichas cookies

  • Informar sobre el modo de desinstalarlas o desactivarlas

El punto más delicado es el primero, ya que muchas webs han interpretado la ley de la forma que más le convenía y se han limitado a decir al usuario que por visitar su web se le han instalado unas cookies, es decir, una vez en la web, las cookies se instalan por el mero hecho de haber llegado, lo cual es incorrecto.

Son pocas las empresas que han implementado esta ley de forma correcta. En esta web tenéis un ejemplo de buena práctica a la hora de cumplir rigurosamente con la Ley de Cookies, en donde se avisa al usuario de que si continúa navegando las cookies serán instaladas en su navegador.

La mejor forma de implementar esta ley es colocando un pequeño aviso en la parte superior o inferior de la web donde se llame la atención del usuario. En él se incluirán un enlace a la política de cookies o de privacidad de la web donde se expliquen los tres últimos puntos y un botón de aceptación de instalación de cookies por parte del usuario, el cual servirá también para que, una vez pulsado, el usuario no vuelva a ver dicho mensaje.

En realidad hay diversas formas de llevar a cabo el cumplimiento de la Ley de Cookies. Se trata de encontrar la más idónea para cada caso. Lo que queda claro es que es un tema urgente, pues las sanciones pueden ascender a los 150.000 €.

¿A qué esperas? Infórmate y actúa.

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