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El Impuestazo Tecnológico

el 6 noviembre 2009

En Argentina, aunque parezca increíble, se acaba de aprobar definitivamente el «Impuestazo Tecnológico». Para los lectores que están en Argentina, sabrán muy bien de que estamos hablando, para los que no están en Argentina, seguramente pronto lo escucharán (si es que aún no lo han escuchado) por algún diario o noticiero de su país. Realmente es increíble, y no creo que ningún medio de comunicación se pierda de dar a conocer la barbaridad que acaba de aprobar el Congreso en la Argentina.

Hace pocas semanas escribí un análisis (que por una u otra cosa nunca publiqué) de lo que era en ese entonces «el proyecto de ley» y de las consecuencias que traería para el país en caso de que finalmente se aprobara. Aquí se los dejo:

Proyecto de Ley: El Impuestazo tecnológico

Todos sabemos acerca de la polémica que se ha desatado en Argentina con respecto a la aprobación por parte de la Cámara de Diputados de un nuevo impuesto que gravará con un 26% más a los productos electrónicos (excluidos notebooks y netbooks) importados de otros países y los elaborados en cualquier zona del país que no sea Tierra del Fuego. Además también se rebajan los impuestos entre un 7% y 21% a los productos fabricados en Tierra del Fuego.

El propósito del siguiente texto es analizar este proyecto de ley, la justificación que dio el Poder Ejecutivo a esta iniciativa y las consecuencias que puede traer a nuestro país su aprobación definitiva.

Análisis de la situación

Para comenzar, y antes de sacar conclusiones sobre la conveniencia o no de la aprobación de este proyecto de ley, voy a analizar el propósito que el Poder Ejecutivo asigna a esta iniciativa.

A continuación se presentan dos extractos del proyecto de ley que la Presidencia envió al Congreso:

“…Por otra parte, importa incorporar al objeto del gravamen que nos ocupa, determinados productos suntuarios, de forma tal que quienes más poseen colaboren en mayor medida en la formación de las reservas necesarias para enfrentar con mejores medios la crisis financiera internacional y de aquellos bienes que demandan un alto consumo energético, de manera tal de incentivar el uso racional de la energía, en consonancia con las políticas vigentes a nivel nacional e internacional…”

“…En tal sentido, se recuerda que los impuestos internos son gravámenes selectivos al consumo, que alcanzan a determinadas transacciones de bienes y servicios, y que si bien no se descarta la importancia recaudatoria de este tipo de imposición, su implementación, muchas veces responde a finalidades extrafiscales, ya sea para atemperar la regresividad que caracteriza a los impuestos generales al consumo, al establecerse sobre determinados bienes que denoten una capacidad contributiva superior, corregir la elección y preferencia de los consumidores gravando determinados bienes, retraer la demanda ante la escasez de ciertos bienes o para disminuir la demanda de productos perjudiciales para la población…”

Cristina Fernández de Kirchner a su vez declaró que con estas medidas intenta desarrollar un polo industrial que permita atraer inversiones, desarrollar una industria nacional y lograr finalmente una sustitución de importaciones, tomando como ejemplo a Brasil y su polo tecnológico, Manaos.

A simple vista, todo parece cerrar perfectamente, no obstante hay ciertos errores en las presunciones subyacentes del modelo que plantea el gobierno:

  • “…importa incorporar al objeto del gravamen que nos ocupa, determinados productos suntuarios…”: El gobierno considera que bienes como celulares y PCs son productos “suntuarios” o “de lujo”. Este es un error muy grave. Estos productos son herramientas de trabajo y comunicación para la gran mayoría de los argentinos y hacen al desarrollo económico, social y cultural del país.
  • – “…, de forma tal que quienes más poseen colaboren en mayor medida en la formación de las reservas necesarias…”: La mayoría de los bienes que se pretende gravar son consumidos por todos los estratos sociales, no solo por los que más tienen. Por ejemplo, el celular en muchos casos es el único medio de comunicación que tienen los más pobres. Es un error considerar que estos impuestos favorecerán a la equidad distributiva, actuarán precisamente en la dirección contraria.
  • – “… y de aquellos bienes que demandan un alto consumo energético, de manera tal de incentivar el uso racional de la energía, en consonancia con las políticas vigentes a nivel nacional e internacional…”: No creo que en ningún país del mundo se utilicen impuestos al consumo de bienes electrónicos en general para “incentivar el uso racional de la energía”. Es inconcebible que un gobierno trate de proteger el medio ambiente, desincentivando el consumo de bienes de alta tecnología. Un gobierno debe apoyar e incentivar el desarrollo, producción y consumo de bienes que consuman menos energía, pero no tratar de disminuir el consumo de cualquier bien que consume energía. El gobierno va a lograr exactamente lo contrario con esta medida, ante el aumento del costo de los bienes electrónicos, la gente va a tratar de retrasar lo más posible el reemplazo de equipos y por lo tanto, se va a retrasar también el recambio de bienes de alto consumo por los de bajo consumo que son bienes de alta tecnología.
  • – “…se recuerda que los impuestos internos son gravámenes selectivos al consumo… su implementación, muchas veces responde a finalidades extrafiscales…”: A partir de este párrafo, se habla de la naturaleza de los impuestos internos y del objetivo que cumplen en la estructura tributaria del país. El texto dice que estos impuestos muchas veces responden a fines no recaudatorios. Vamos a analizar si este impuesto al consumo de bienes electrónicos efectivamente “encaja” en algunos de esos fines no recaudatorios.

-> “… ya sea para atemperar la regresividad que caracteriza a los impuestos generales al consumo, al establecerse sobre determinados bienes que denoten una capacidad contributiva superior…”: Ya hablé de esto en los puntos anteriores: el consumo de gran parte de los bienes gravados por este impuesto no denota una capacidad contributiva superior. No solo los sectores de altos ingresos acceden a un celular o una PC, por ejemplo. Esta va ser la consecuencia del impuesto, no la causa: cuando aumente el precio de estos bienes en un 26%, su consumo en la clase media y baja va a disminuir, mientras que en la clase alta, es muy probable que se mantenga, y entonces sí, en ese momento, efectivamente la compra de bienes electrónicos va a denotar una capacidad contributiva superior.

-> “… corregir la elección y preferencia de los consumidores gravando determinados bienes… o para disminuir la demanda de productos perjudiciales para la población…”: Esta es la finalidad que se persigue cuando, por ejemplo, se aplican impuestos internos al consumo de cigarrillos o de alcohol. Se trata de corregir la mala elección que toman los consumidores por un bien que perjudica su salud, mediante un aumento del precio generado por el impuesto. Sería bueno creer que esto no es lo que pretende el gobierno con el impuesto a los bienes electrónicos. Estos bienes ayudan a mejorar la calidad de vida, la educación, y la productividad de un país. Sin embargo, y lamentablemente, el gobierno hace referencia a esta finalidad cuando habla de que se aplica este gravamen para bienes que demandan un alto consumo energético de manera de contribuir al uso racional de la energía. Se trata de corregir la elección que hacen los consumidores al comprar bienes de alto consumo energético. Esta es una gran contradicción, la única forma que tiene un ciudadano de cumplir con esto es cambiando sus equipos electrónicos por otros más caros, de alta tecnología, que ahorren energía. En realidad, sí hay otra forma: dejando de consumir bienes electrónicos…

-> “…retraer la demanda ante la escasez de ciertos bienes…”: Este objetivo puede ser objeto de una larga discusión. Cuando hay escasez de bienes, generalmente el mercado actúa solo, no hace falta que el gobierno aplique un impuesto para retraer la demanda, las fuerzas de mercado actuarán para que los precios suban. No me quiero detener mucho en esto, así que vamos a ver en qué forma puede esto adaptarse a la situación que estamos analizando. Se puede decir que hay, en el país, escasez de bienes electrónicos fabricados internamente, por lo que es necesario importarlos. Como todos sabemos, las importaciones no son buenas desde el punto de vista de la balanza comercial; básicamente, no es bueno que salga más dinero del que entra. Podemos decir entonces, que el gobierno está tratando de disminuir el dinero que sale del país mediante la aplicación de estos impuestos a los bienes electrónicos, lo que generará una disminución de la demanda, y por ende, de la importación. Paro hay que tener en cuenta que al mismo tiempo que disminuya la demanda de estos bienes, se incrementará la brecha tecnológica entre Argentina y el resto del mundo, así como entre las distintas clases sociales dentro del país.

  • El gobierno declaró que con estas medidas intenta desarrollar un polo industrial, siguiendo el ejemplo de Brasil y su polo tecnológico, Manaos. Manaos, inversión y primer ejemplo del éxito Brasilero es un proyecto que tiene más de 40 años y sigue en pleno funcionamiento. Se constituyó como una solución al problema del aislamiento que sufría esa región perdida en el medio del Amazonas, Los pilares de este proyecto fueron exención impositiva (creando la famosa zona franca) y una fuertísima política de incentivos a la industria. Me parece que ya vemos la diferencia clave con este proyecto de ley. Aquí se propone levantar impuestos prohibitivos con el fin de forzar un vacío de oferta, que debería ser llenado por industrias “nacionales”, que reemplacen esa demanda. En vez de fomentar la industria se la fuerza.
  • La Presidencia también plantea que con este proyecto se busca llegar a una sustitución de importaciones. Con respecto a esto, hay dos puntos clave que me gustaría destacar:

-> Para que se asienten industrias en Argentina, es necesario un marco de seguridad jurídica e institucional que lamentablemente nuestro país no lo tiene. A la hora de evaluar un proyecto de inversión, un aspecto clave que juega en la decisión del inversor, es la seguridad que le brinda un país en cuanto a estabilidad y previsibilidad. Cuando en un país no se sabe si el día de mañana al gobierno se le ocurre cambiar las reglas de juego y afectar terriblemente la rentabilidad de cualquier tipo de negocio, los inversores solo deciden seguir adelante con el proyecto, si la rentabilidad va ser mayor a lo que pueden obtener en cualquier otro lugar del mundo o si pueden recuperar rápidamente su inversión. Esto definitivamente no es bueno para el país ya que implica por un lado, precios mayores con respecto al resto del mundo (para poder satisfacer la rentabilidad del inversor) y falta de planeamiento a largo plazo (por la necesidad del inversor de recuperar la inversión lo antes posible).

-> Este proyecto de ley no implica solamente una sustitución de productos extranjeros por productos nacionales, esto también va a ser la sustitución de productos fabricados en cualquier lugar de Argentina, por los fabricados en Tierra del Fuego, con todo lo que eso implica en términos de destrucción de puestos de trabajos existentes en las restantes provincias de la Argentina y de industrias ya establecidas, que aunque no son muchas, son las que merecen ser apoyadas, y no castigadas por no elegir Tierra del Fuego como lugar de asentamiento. Una cosa es dar beneficios impositivos para las industrias que se asientan en una provincia, y otra cosa es castigar a las industrias que no se asientan en esa provincia. Esto viola el artículo 75, inciso 18, de la Constitución nacional, según el cual el Congreso debe «proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración”.

Conclusión

Si actualmente la importación de determinados bienes ya está sujeta a políticas impositivas agresivas y se dificulta el ingreso de los mismos, el próximo paso entonces es proveer un conjunto de incentivos apropiados para que las industrias existentes puedan desarrollarse y crecer y para atraer nuevas inversiones.

El Estado tiene que saber diferenciar entre un incentivo y un subsidio. Un incentivo puede ser un préstamo, facilidades de pago o, lo más importante, un marco jurídico e institucional coherente a largo plazo. Un subsidio es, básicamente el estado absorbiendo parte del costo de producción permitiendo que los productores mantengan márgenes de ganancias y en consecuencia precios relativamente bajos. Los incentivos fomentan a la creación de industrias, un subsidio arregla un precio alto.

En nuestro país, cada vez que se quiere atraer inversiones, se deben otorgar enormes concesiones y privilegios, que implican generalmente subsidios impositivos. Esto ocurre porque invertir en Argentina tiene un riesgo relativamente mayor que invertir en muchos otros lugares del mundo. Si queremos atraer inversiones legítimas, sin necesidad que el país pierda dinero por ello, necesitamos primero arreglar el sistema institucional. Sin un marco institucional que asegure los derechos de propiedad, la incertidumbre es mayor y se hace muy difícil la planificación a largo plazo. En un entorno como este, un inversor solo aceptará poner su dinero si el rendimiento de su inversión va a ser mayor que donde no existen estas características.

La historia ha mostrado que los países con la mayor protección a los derechos de propiedad y la mayor libertad económica también alcanzan los mayores estándares de vida. En un estudio de 150 países, Lee Hoskins y Ana Eiras (2002) encontraron que los países con derechos de propiedad seguros han creado más riqueza (medida por medio del producto bruto interno per cápita) que los países en los cuales los derechos de propiedad son inseguros y la corrupción es alta.

Lic. María Victoria Gallerano

Fuente: temasdeadministraciondeempresas.blogspot.com

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