Saltar al contenido

La formación bonificada: una clave para el emprendimiento

el 15 abril 2012

Cada vez son más las empresas que deciden ayudar a sus empleados a formarse, bien sea a través de cursos que se imparten en la propia empresa, destinando a éstos una pequeña parte de la jornada laboral y otra parte del tiempo libre del trabajador en cuestión, por ejemplo, comenzando antes su jornada laboral o finalizándola más tarde, o bien, a través de cursos online que estos pueden realizar cómodamente desde casa cuando les resulte más conveniente.

Todas las empresas que cumplan un mínimo de requisitos (los detallaremos a continuación) pueden beneficiarse de la formación bonificada. El hecho de que los trabajadores estén bien formados en su trabajo va ha aumentar la productividad y probablemente la motivación del trabajador en la empresa.

Requisitos de las empresas para solicitar ésta formación:

  • Tienen derecho a acogerse todas las empresas que tengan centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación.
  • Que desarrollen formación para sus trabajadores.
  • Que coticen por la contingencia de Formación Profesional a la Seguridad Social.
  • Estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social y Hacienda.
  • Haber efectuado el pago del curso según la tarifa que recoge el catálogo de cursos y forma de pago y siempre antes de realizar la bonificación.
  • Seguir las instrucciones necesarias que le haremos llegar a la finalización del curso, para presentar los Seguros Sociales aplicando la bonificación y la forma correcta de contabilizar el gasto por formación continua.

Toda empresa con trabajadores por cuenta ajena a su cargo dispone como mínimo de un crédito formativo de 420€ anuales.

Pero no solo las empresas pueden beneficiarse de la formación bonificada, también pueden hacerlo las asociaciones, fundaciones y ONG´s también tienen derecho a percibir ayudas económicas para la formación de los trabajadores que tengan contratados.

Requisitos del trabajador para solicitar ésta formación:

– Estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social (trabajadores por cuenta ajena).

En cuanto a los trabajadores autónomos, éstos no pueden beneficiarse de este tipo de formación bonificada, pero si que pueden  beneficiarse sus trabajadores.

Es importante que las empresas traten de motivar a sus trabajadores, un buen ambiente de trabajo favorece la productividad y las relaciones interpersonales de los miembros de la empresa, y esto a la larga también va a favorecer a la empresa.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *