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¿Qué es la Declaración de Renta y cómo hacerla?

el 15 junio 2020

¿Te toca declarar renta y no sabes en qué cosiste este procedimiento ni cómo hacerlo?

No te preocupes, que muchas personas han pasado por la misma situación.

En este artículo te voy a explicar de forma clara y sencilla qué es la declaración de renta, quiénes están obligados a presentarla, cuál es el proceso para presentarla y qué implicaciones tiene el omitir dicho procedimiento.

Comencemos por el principio…

Qué es la Declaración de Renta y cómo hacerla

¿Qué es la Declaración de Renta?

Es una responsabilidad tributaria que se diligencia en un formulario ya sea de persona natural o persona jurídica, el cual se presenta ante la empresa administradora en este caso en Colombia la DIAN (dirección de impuestos y aduanas nacionales), el cual tiene como fin informar los ingresos, egresos e inversiones que se efectuaron durante el año anterior a su presentación, este es utilizado por el gobierno de Colombia para verificar si se debe o no pagar impuesto de renta.

¿Qué es el impuesto de renta?

Es el impuesto que las personas naturales y jurídicas deben pagar sobre las utilidades o rentas generadas en el año anterior.

La de declaración de renta es diferente dependiendo de si eres persona natural o persona jurídica.

DECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS JURÍDICAS

¿Quiénes están obligados a presentar Renta?

Todas las personas jurídicas están obligadas a declarar renta, excepto las empresas que están contempladas en el Estatuto Tributario como no contribuyentes del impuesto, Se presenta en el formulario 110.

Errores comunes que se cometen:

  • Declarar gastos y costos no deducibles de renta (mercados, viajes, etc.) que no son directamente de la empresa si no de los dueños de esta
  • Que se lleve a gastos y costos deducibles fuera de los parámetros dados por el ART, 107 E.T. esto nos dicen que deben tener: Causalidad, necesidad y proporcionalidad.
  • Declarar gastos y costos inexistentes
  • No generar el anticipo de renta del año siguiente y no conocer si se está obligado a hacerlo
  • No conocer la norma actual
  • No hacer la depuración entre lo fiscal y lo contable
  • No general la renta presuntiva si da lugar a esta
  • No deducir la autorrenta

DECLARACIÓN DE RENTA PARA PERSONAS NATURALES

Actualmente hay 3 cédulas

  1. La cédula general, que se compone por:

    • Renta de trabajo
    • Renta de capital
    • Renta no laborales
  2. Cédula de pensiones.
  3. Cédula de dividendos y participaciones.

¿Quiénes están obligados a presentar Renta?

Art. 19 de la ley 1819 de 2016 que modifico el art 594-3 E.T.

Están obligados a declarar las personas naturales que cumplan con alguno de los siguientes ítems:

  • Que su patrimonio bruto sea superior a 4,500 UVT es decir $154.215.000
  • Sus ingresos brutos sean mayores a 1.400 UVT es decir $47.978.000
  • Sus compras con tarjeta crédito mayores a 1.400 UVT es decir $47.978.000
  • Compras y consumos superan las 1.400 UVT es decir $47.978.000
  • Las consignaciones bancarias no excedan las 1.400 UVT es decir $47.978.000
  • Ser responsable de IVA

Se presenta en el formulario 210.

Errores comunes que se cometen:

  • No declarar todos los ingresos obtenidos (ocultar información)
  • No hacer las deducciones correspondientes
  • No haberse inscrito al RUT
  • No declarar la ganancia ocasional
  • No conocer que deducciones se puede practicar
  • No comer los tomes de deducciones
  • Declara pasivos inexistentes
  • No conocer la norma
  • Realizarla en un formulario incorrecto
  • No saber a qué cedula pertenece
  • Que superen los 100.000 UVT y no sea firmado por un contador
  • Declaran el formulario 210 siendo residente fiscal del exterior
  • No declarar cuando sus ingresos o patrimonio superen el 50% y está residiendo en otro país

SANCIONES RELACIONADAS CON LA DECLARACIÓN DE RENTA

Extemporaneidad

Presentar la declaración tributaria en forma extemporánea, la diferencia entre el art. 641 y 642 es el monto de sanción ya que mientras en el 641 es una invitación en el 642 es una obligación.

Art. 641 Extemporaneidad en la presentación: se divide en 3,

  1. impuesto a cargo es 5% por los meses por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación.
  2. ingresos brutos es 0,5% por los meses por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación.
  3. patrimonio líquido del año anterior es 1% del por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación, sin exceder la cifra menor resultante que sería el patrimonio líquido por 10%.

No puede exceder el 100% del impuesto a pagar

Art. 642 Extemporaneidad en la presentación de las declaraciones con posterioridad al emplazamiento: se divide en 3,

  1. impuesto a cargo es 10% por los meses por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación.
  2. ingresos brutos es 1% por los meses por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación.
  3. patrimonio líquido del año anterior es 2% del por los meses que hay entre el vencimiento y la fecha de presentación, sin exceder la cifra menor resultante que sería el patrimonio líquido por 10%.

Esta no puede exceder el 200% del impuesto a pagar.

Por no declarar:

Omitir la presentación de la declaración tributaria.

Art. 643 Sanción por no declarar:

donde nos dice que es del 20% de las consignaciones bancarias, el 20% de los ingresos brutos y el 20% de la última declaración presentada, en donde se tomara el saldo más alto y este dará lugar a ser la sanción a pagar.

Si se presenta dentro de los 2 meses aceptándola la sanción esta se puede reducir al 50%.

Corrección aritmética

Incurrir en cualquiera de los errores aritméticos contemplados en el Art. 697 ET

Art 646 Sanción por corrección aritmética.

Se aplica una sanción del 30% del valor a pagar o del menor saldo a favor.

Cómo presentar la declaración de renta

En los siguientes vídeos podrás ver los pasos a seguir para realizar tu declaración de renta por primera vez.

Parte 1

Parte 2

Parte 3

Si tienes alguna duda del tema, por favor déjala en los comentarios que yo trataré de resolverla.

Acerca del Autor: Este artículo fue escrito por Fernanda Díaz.

Este articulo fue escrito por un profesional con experiencia en estrategia, marketing y negocios, que ha querido compartir sus conocimientos con la comunidad emprendedora.

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